Regímenes tributarios en Perú 2026: NRUS, RER, RMT y Régimen General ¿cuál elegir?
Elegir el régimen tributario correcto es una de las primeras decisiones —y de las más importantes— al iniciar o hacer crecer un negocio en el Perú. De esa elección dependen cuántos impuestos pagas, qué comprobantes puedes emitir y cuánta contabilidad estás obligado a llevar. En 2026 siguen vigentes cuatro regímenes para renta de tercera categoría: NRUS, RER, RMT y Régimen General. Te los explicamos de forma clara.
¿Qué es un régimen tributario?
Es el conjunto de reglas que determina cómo tu negocio paga el Impuesto a la Renta y el IGV ante la SUNAT. Cada régimen tiene límites de ingresos, tasas y obligaciones distintas. Como referencia, la UIT 2026 es de S/ 5,500, valor que se usa para calcular varios de estos topes.
1. NRUS (Nuevo Régimen Único Simplificado)
Pensado para pequeños negocios y personas naturales (bodegas, puestos de mercado, pequeños comercios) que venden al consumidor final.
- Límite: hasta S/ 96,000 de ingresos al año (máximo S/ 8,000 mensuales) y el mismo tope en compras.
- Pago: una cuota fija mensual de S/ 20 o S/ 50 según tu categoría.
- Ventaja: es el más simple; no llevas contabilidad ni presentas declaración anual.
- Limitación: solo emites boletas de venta (no facturas), por lo que no sirve si tus clientes son empresas que necesitan crédito fiscal.
2. RER (Régimen Especial de Renta)
Ideal para pequeñas empresas de comercio, servicios o industria que ya emiten facturas.
- Límite: hasta S/ 525,000 anuales en ingresos o compras.
- Tasa: 1.5% de tus ingresos netos mensuales por Impuesto a la Renta.
- Ventaja: no presentas declaración jurada anual y la contabilidad es sencilla.
- Excluidos: construcción, transporte de carga internacional, casinos y actividades financieras, entre otras.
3. RMT (Régimen MYPE Tributario)
El más elegido por micro y pequeñas empresas en crecimiento, porque equilibra beneficios y flexibilidad.
- Límite: hasta 1,700 UIT, es decir S/ 9,350,000 al año en 2026.
- Impuesto a la Renta: 10% sobre las primeras 15 UIT de utilidad (hasta S/ 82,500) y 29.5% sobre el exceso.
- Pagos a cuenta: 1% de ingresos hasta acumular 300 UIT; 1.5% a partir de ahí.
- Ventaja: permite cualquier actividad económica y da acceso a beneficios para MYPE.
4. Régimen General
Para empresas grandes, exportadoras o sin límite de ingresos.
- Límite: ninguno.
- Tasa: 29.5% sobre la utilidad neta anual.
- Obligaciones: contabilidad completa, aplicación de NIIF y declaración jurada anual.
¿Cómo saber cuál me conviene?
Depende de tres factores: cuánto facturas al año, si tus clientes son empresas o consumidores finales, y qué nivel de gastos y contabilidad puedes manejar. Un negocio nuevo que factura poco suele empezar en RER o RMT; uno que solo vende al público puede estar cómodo en NRUS. Elegir mal puede significar pagar de más o exponerte a multas.
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Nota: las cifras corresponden a 2026 (UIT S/ 5,500). Los montos y límites pueden actualizarse; verifica siempre los valores vigentes en la SUNAT o consúltanos.
